Son muchas las dudas que surgen en relación a documentos, impuestos, tasas, derechos y obligaciones de diferentes tipos de empresas. En el artículo de hoy queremos arrojar algo de luz sobre un documento que genera muchas dudas en empresas que concretamente desarrollan actividades de I+D+i. Este es el Informe Motivado Vinculante o IMV.
¿Qué es un informe motivado?
El Informe Motivado Vinculante se define como aquel documento que puede emitir todo tipo de empresa de cualquier tamaño que lleve a cabo actividades de I+D+i en el marco anual del mismo. Este informe también puede recoger presupuesto o gasto y es emitido por el Ministerio de Ciencia e Innovación y el Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial (CDTI) (este último solo puede hacerlo para sus ayudas concedidas).
¿Por qué surge el informe motivado vinculante?
¿Te preguntas por qué razón surgió el IMV? Su creación fue debido a las dificultades existentes para justificar la I+D+i de los proyectos ante la administración, a la hora de aplicar incentivos fiscales. La creación de esta figura aporta al solicitante seguridad jurídica.
El proceso es el siguiente: cuando un Informe Motivado cumple con todos los requisitos que exige la normativa se convierte en Vinculante. Esto hace que la Seguridad Social esté vinculada respecto a los investigadores que cumplen los requisitos legalmente establecidos, o la Agencia Tributaria esté vinculada en relación a la calificación emitida en el informe.
De esta manera, el Informe Motivado Vinculante asegura que un proyecto de I+D+i ha sido auditado económica y técnicamente, funcionando como un seguro jurídico con el objetivo de dar más seguridad a las empresas ante las inspecciones realizadas por la Agencia Tributaria.
El Informe Motivado Vinculante asegura que un proyecto de I+D+i ha sido auditado económica y técnicamente con el objetivo de dar más seguridad a las empresas ante las inspecciones
Este informe no es imprescindible, pero sí muy recomendable ya que las empresas pueden tener la posibilidad de acceder a incentivos fiscales tales como:
- – Bonificaciones a la Seguridad Social por personal Investigador. Con este incentivo, las empresas pueden reducir sus aportaciones empresariales a las cuotas de la Seguridad Social hasta en un 40% por contingencias comunes de los empleados dedicados a la I+D.
- – Deducciones fiscales por I+D+i. Si los resultados de la empresa son positivos y debe pagar Impuesto sobre Sociedades, en el IMV consta la calificación de cada actividad del proyecto, determinando si se trata de actividades pertenecientes a Investigación y Desarrollo (I+D) o, por el contrario, de Innovación Tecnológica (i). En función de cómo se evalúe cada actividad realizada se puede tener acceso a diferentes niveles de deducciones en el Impuesto sobre Sociedades: en las actividades de Innovación Tecnológica (i), se puede conseguir una reducción de hasta el 12%; mientras que en las actividades de Investigación y Desarrollo (I+D), la reducción puede ser de hasta el 59%.
- – Monetización de deducciones fiscales. Gracias al IMV, las empresas pueden pedir la devolución monetaria de la deducción en caso de que la empresa, teniendo resultados positivos, prefiera la devolución monetaria con una quita del 20%, o en el caso de que tenga resultados negativos y no tenga que pagar Impuesto sobre Sociedades.
Último dato a tener en cuenta
Otra ventaja de este informe es que se puede combinar las bonificaciones a la Seguridad Social por personal Investigador junto con las deducciones fiscales por I+D+i. Esto es en el caso de que se trate de una pyme innovadora.