Profundizando en el IAE

En este artículo vamos a ver en profundidad el Impuesto de Actividades Económicas IAE.

¿Qué es el IAE?

El IAE es un Impuesto de gestión municipal, que grava el ejercicio de actividades empresariales, profesionales o artísticas, siempre que el importe neto de la cifra de negocio sea superior a 1.000.000€ y la actividad no se encuentre entre las exentas.

Estas actividades se pueden ejercer en local determinado o sin local y afecta tanto a las personas jurídicas (empresas o sociedades), como a las personas físicas (autónomos).

¿Qué actividades están exentas de abonar el IAE?

Entre las actividades exentas se encuentran:

  • El Estado, las comunidades autónomas y las entidades locales;
  • Durante los dos primeros años de la actividad económica;
  • Sociedades cuya cifra de negocio sea inferior a un millón de euros;
  • Sociedades sin personalidad jurídica como, por ejemplo, una comunidad de bienes;
  • Asociaciones, fundaciones;
  • Las entidades gestoras de la Seguridad Social y las mutualidades de previsión social
  • La Cruz Roja Española;

¿Es obligatorio darse de alta en el IAE?

Es obligatorio darse de alta en el IAE, incluso para los autónomos, aunque estén exentos por no llegar a superar la cifra de negocio de 1M€. Los sujetos pasivos no exentos, es decir, las entidades con importe neto de la cifra de negocios superior a 1.000.000 €, deben presentar:

  • Modelo 840 o el aprobado por la entidad local en el caso de cuotas municipales cuya gestión esté delegada en dicha entidad local, e indicar el código y epígrafe de la actividad empresarial o profesional, para la “Comunicación del alta, variación o baja”.
  • Modelo 848 Comunicación del importe neto de la cifra de negocios”. Siempre y cuando no se haya comunicado con anterioridad a través de las declaraciones de otros impuestos, como por ejemplo el IS.
  • Modelo 036 Declaración censal”.

 

¿Cuánto se paga de IAE?

El impuesto se estructura en base a unas Tarifas, que dependen del epígrafe de la actividad. El epígrafe de la actividad va a tener:

  • Implicaciones fiscales diferentes. La elección de uno u otro, al darse de alta en el IAE, va a determinar los impuestos por los que se va a tributar: el tipo de IVA, diferentes retenciones de IRPF o, la aplicación o no, del recargo de equivalencia.
  • Unos elementos tributarios que son los módulos indiciarios de la actividad, que determinan las cuotas: superficie de los locales, potencia instalada, población de derecho, aforo, potencia en generadores y contratada, etc.

¿Qué relación hay entre el IAE y el valor catastral?

El Valor Catastral afecta a muchas actividades de las declaradas en el IAE.

Además, el Impuesto sobre Actividades Económicas tiene diferentes cuotas dependiendo del ámbito territorial donde se esté realizando la actividad. Estas cuotas pueden dividirse en: cuotas estatales, provinciales y locales. En algunos casos, puede haber más de un tipo de cuota establecido por la normativa en cuyo caso, se ofrece la oportunidad de optar por el más conveniente.

¿Cuáles son las cuotas del IAE?

Los tipos de cuota son los siguientes:

  • Cuotas mínimas municipales: permite el ejercicio de las actividades en el término municipal. Si en un mismo local se ejercen varias actividades, se satisfarán tantas cuotas mínimas municipales como actividades se realicen.
  • Cuotas provinciales: permite el ejercicio de las actividades en el ámbito territorial de la provincia de que se trate. Si se ejerce una actividad en alguna de las islas del archipiélago canario o balear que tenga asignada cuota provincial se satisfará el 50 por 100 del importe de dicha cuota.
  • Cuotas nacionales: permite el ejercicio de las actividades en todo el territorio nacional.
  • Cuota “0”: hay casos que por aplicación de las Tarifas resulta cuota cero, si se da esta circunstancia no tendrá que satisfacer cantidad alguna por el IAE y no estará obligado a presentar la declaración modelo 840.

Por todo ello, consideramos muy importante tener los conocimientos necesarios para darse de alta en este impuesto, dependiendo de cuál sea la actividad que se desarrolle y os recomendamos que, si la actividad por la que paga el IAE depende del valor catastral y quieres optimizarlo o, has pagado IAE cuando no te han dejado realizar tu actividad empresarial, contactes con Impuestalia, estarán encantados de poder ayudarle a ÉXITO, a pagar lo justo por este impuesto.

impuestos@impuestalia.com
91 169 72 99

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