Ser propietario de una vivienda tiene muchos beneficios y también obligaciones. Tanto si vas a adquirir una, o venderla, conocer la tributación de un inmueble es esencial para conseguir una gestión lo más eficaz posible.
El contribuyente paga impuestos relacionados con la vivienda por tenerla en propiedad o por transmitirla, ya sea cuando se realiza una compraventa, herencia, donación, etc.
Impuestos como el IBI, el ICIO, el IRPF y/o la plusvalía, impuestos que toman como base el valor catastral del inmueble.
El propietario o, usufructuario, de una vivienda destinada al alquiler, debe declarar en el IRPF los rendimientos del capital inmobiliario. Aunque existen excepciones si el alquiler se realiza como una actividad empresarial y para dicha actividad tienes al menos una persona con contrato laboral y a tiempo completo, donde los rendimientos derivados del mismo podrían ser de cumplirse las condiciones imputados como rendimientos de actividades económicas.
Y, existen deducciones, sí es la vivienda habitual.
Por otra parte, el contribuyente paga el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), impuesto anual, de carácter general y obligatorio que exigen los ayuntamientos simplemente por la propiedad del inmueble. Así como por hacer obras, que se deberá pagar el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO).
Y, en el proceso de compraventa de un inmueble, se suma el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU o, plusvalía), que también se basa en el valor de referencia, o el valor catastral en algunos casos, y que puede variar en función de los coeficientes que aprueben los ayuntamientos.
Desde Impuestalia le aconsejamos revisar los valores catastrales de sus inmuebles, cada 4 o, 5 años, si quiere optimizar la tributación que existe alrededor de una vivienda, oficina o cualquier inmueble. No dudes en contar con un equipo especializado como el de Impuestalia, estarán encantados de ayudarle. Consiga su ahorro fiscal.