El Supremo insiste frente a Hacienda: hay que valorar los inmuebles con peritos

En una sentencia reciente, el Tribunal Supremo establece como obligatoria la visita de un perito en los procesos de valoración de bienes inmuebles para determinar los impuestos sobre transmisiones patrimoniales (ITP) e Impuesto de Donaciones y Sucesiones , garantizando la precisión de las valoraciones en función de criterios específicos como antigüedad, estado de conservación y materiales. El informe pericial a realizar por la Administracion, debe estar suficientemente justificado para permitir la defensa del contribuyente.

A pesar de la existencia de diversos métodos de evaluación, como tasaciones hipotecarias, el Tribunal Supremo subraya que la visita pericial es obligatoria salvo casos excepcionales, y la utilización de valores de venta semejantes exige una identificación precisa y documentos certificados.

La finalidad de esta Sentencia del TS busca asegurar que los precios pagados se alineen con las valoraciones oficiales, evitando prácticas basadas únicamente en datos generales. El fallo establece pautas para la valoración pericial y, en última instancia, podría invalidar valoraciones sin visita justificada del perito, reforzando la importancia de este proceso en las tasaciones fiscales.

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